Seguro de Asistencia en viaje


Seguro de Asistencia en viaje

Mediante esta modalidad de seguro se prestan al asegurado una serie de servicios cuya finalidad consiste en resolver las incidencias de diversa naturaleza que le hayan surgido, a él o a quienes le acompañen, durante la realización de un viaje, sea del tipo que sea (ocio, negocios, …)

Las coberturas más habituales de este tipo de seguros son:

  • Asistencia a personas: las garantías más habituales de esta cobertura están relacionadas con eventos relacionados con la salud del asegurado, pero también las hay de otro tipo. Las más comunes son las siguientes:
    • Asistencia médica por enfermedad o accidente del asegurado, prolongación de la estancia y repatriación, así como el desplazamiento y alojamiento de una persona acompañante en caso de hospitalización. Normalmente, está garantizado el transporte o repatriación del asegurado fallecido y sus acompañantes, y el alojamiento de la persona acompañante del asegurado fallecido.
    • Retorno anticipado del asegurado por fallecimiento u hospitalización de un familiar, o por siniestro grave en su residencia habitual o locales profesionales.
    • Garantías complementarias como la transmisión de mensajes urgentes o la gestión de entrega de efectivo en el extranjero, o gastos de rescate.
  • Equipaje: mediante esta cobertura se garantiza la indemnización por pérdida definitiva, robo, extravío o destrucción del equipaje facturado en vuelo.
  • Demoras, cancelación o interrupción del viaje: se indemniza al asegurado por cualquiera de esas circunstancias.
  • Accidentes personales: se garantiza una indemnización por fallecimiento accidental o por invalidez permanente del asegurado.
  • Defensa jurídica.

Algunas aseguradoras ofrecen coberturas adicionales como:

  • Pérdida de pasaporte: en caso de extravío de pasaporte en el extranjero, se garantiza el desplazamiento para la obtención de un nuevo documento, los gastos de estancia y el acceso a un servicio de traducción e interpretación.
  • Responsabilidad Civil: el seguro será el que se haga cargo de los daños tanto personales, como materiales, que el asegurado haya causado involuntariamente a un tercero.